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Viajar al extranjero como residente permanente

Viajar al extranjero como residente permanente legal o titular de una visa: cosas que debe saber.

Las reglas para viajar al extranjero son más o menos las mismas para todos. Ya sea ciudadano estadounidense, residente permanente legal (LPR) o titular de una visa de no inmigrante, debe tener un pasaporte válido de su país de origen. Dependiendo del país de destino, pueden existir otros requisitos como la obtención de un visado.

Salir de Estados Unidos no suele ser el problema. Más bien es volver a ingresar a los Estados Unidos, donde la situación puede volverse más compleja para un LPR o un titular de visa de no inmigrante.

Residentes Permanentes Legales

Para entrar de regreso en los EE. UU. debe presentar una tarjeta verde vigente y otra forma de identificación (pasaporte, identificación de extranjero o licencia de conducir de los EE. UU.). Aunque los residentes permanentes legales pueden viajar al extranjero, los viajes que duren más de seis meses podrían poner en peligro su estatus.

Bajo la sección 101(a)(13)(ii) de la Ley de Nacionalidad de Inmigración (I.N.A.), un LPR que ha estado ausente por un período continuo de más de 180 días puede ser considerado un solicitante de admisión. Según la sección 101(a)(13)(i), un LPR también puede ser tratado como un solicitante de admisión si él o ella ha abandonado o renunciado a su estatus de LPR.

Un solicitante de admisión significa que el gobierno de los Estados Unidos supondrá que el LPR ha abandonado su residencia permanente legal si está fuera del país por mucho tiempo. La guía general es si el LPR ha estado ausente por más de un año. Sin embargo, el abandono de la residencia se puede encontrar en viajes de menos de un año. El oficial de inmigración analizará ciertos factores para determinar si un LPR puede haber abandonado su estatus. Tales factores incluyen:

 

  • Si la intención de visitar fue temporal;
  • Si la LPR ha mantenido lazos con la comunidad;
  • Si el LPR tiene un empleo en los EE. UU.;
  • Si el LPR ha pagado impuestos sobre la renta de EE. UU. como Residente; Si el LPR mantiene una dirección postal en los EE. UU.

Para los LPR que planean ausentarse por un año, se recomienda que soliciten un Permiso de reingreso (Formulario I-131) antes de la salida. La ausencia de seis meses o más también puede interrumpir el estado de residencia continua para la naturalización.

Un LPR no solo necesita la documentación adecuada para volver a ingresar, sino que también debe ser admisible al ingresar. Las personas con antecedentes penales deben tomar precauciones adicionales y buscar un abogado de inmigración con experiencia antes de salir de los Estados Unidos.

Titulares de visas de no inmigrantes
Para visas de no inmigrante tales como visas de visitante, empleo, estudio o religiosas, el titular debe presentar los siguientes documentos:

 

  • Un pasaporte válido y vigente que no venza por al menos seis meses en el futuro
  • Documento migratorio vigente y posterior a la fecha de regreso y firmado por el funcionario correspondiente
  • Una copia del aviso de aprobación
  • El I-94 más reciente
  • Un sello de visa válido y vigente

 

El oficial de inmigración puede requerir que el titular de la visa demuestre que tiene suficientes medios financieros para mantenerlo durante el resto de su estadía en los Estados Unidos.

Pueden surgir problemas si el no inmigrante tiene una solicitud pendiente para convertirse en residente permanente. Sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (I.N.A.) o 8 U.S.C. § 1184 (b) establece:

Se presumirá que todo extranjero es un inmigrante hasta que establezca a satisfacción del funcionario consular, en el momento de la solicitud de admisión, que tiene derecho a un estatus de no inmigrante…

Si hay una solicitud pendiente para convertirse en residente permanente legal, o el titular de la visa está casado con un ciudadano estadounidense, el titular de la visa debe ser cauteloso y consultar con un abogado de inmigración con experiencia antes de viajar. El no hacerlo puede resultar en que se le niegue la entrada en base a la suposición de que el titular de la visa tiene la intención de permanecer en los Estados Unidos como inmigrante.
Como siempre mencionamos en nuestros artículos las leyes de inmigración son complejas y confusas y cambian a menudo. Para cualquier pregunta o para solicitar ayuda de un abogado de inmigración para tramitar una solicitud de visa, green card o ciudadanía puede ponerse en contacto con el abogado Pace Rawlins llamando al 1-866-839-7882.
El abogado Pace Rawlins esta ubicado en Mesa, Arizona pero puede ayudarle con sus necesidades migratorias en en todo el estado de Arizona y Texas.