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245i Ajuste de estatus

Abogado para Ajuste de estatus Sección 245(i)

Convertirse en Residente Permanente: Sección 245(i) Ajuste de Estatus

¿Qué es la Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad?
La Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) permitió que ciertos inmigrantes no autorizados que están físicamente presentes en los Estados Unidos soliciten el estatus de residente permanente legal (es decir, una “tarjeta verde”). Según la disposición, que permanece en los libros pero es esencialmente letra muerta debido al paso de un plazo legal clave, las personas que califican pudieron obtener la residencia permanente legal independientemente de cómo ingresaron inicialmente a los Estados Unidos o si estaban fuera de estado.

El proceso, conocido como Ajuste de la Sección 245(i), se aplicó incluso en muchos escenarios que normalmente impedirían que una persona fuera elegible para la tarjeta verde. Bajo la Sección 245(i), los solicitantes calificados podrían renunciar a su(s) violación(es) de inmigración y ajustar el estatus mediante el pago de una tarifa de $1,000, que esencialmente sirvió como una multa.

En este articulo vamos a hablar de como el abogado de inmigración en Phoenix, Arizona Pace Rawlins te puede ayudar con la ley 245I, informando de:

  • Si puedes solicitar el ajuste de la sección 245i
  • Cuáles son los beneficios del ajuste de la Sección 245(i)
  • Cuándo se promulgó por primera vez la Sección 245(i)
  • Como convertirse en residente permanente con 245i

¿Quién podría solicitar el Ajuste de la Sección 245(i)?

Los inmigrantes que tenían un estatus migratorio ilegal podían solicitar una tarjeta verde ( Green Card) solo si se presentaba una petición de inmigrante basada en un empleo o por parte de un familiar en su nombre antes del 30 de Abril del año 2001. En la actualidad, hay muy pocas personas en los Estados Unidos que podrían cumplir con este requisito y aún no han obtenido alivio bajo la Sección 245(i) o a través de un canal diferente.

¿Cuáles son los beneficios del ajuste de la Sección 245(i)?

La sección 245(i) brindaría a muchas personas la oportunidad de hacer borrón y cuenta nueva, permitiéndoles ajustar su estatus y obtener una tarjeta verde independientemente de cómo ingresaron a los Estados Unidos, si alguna vez trabajaron sin autorización y si no mantuvieron su estatus legal. .

Por ejemplo, muchos inmigrantes no autorizados interesados ​​en obtener una tarjeta de residencia basada en relaciones con parientes que son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales deben solicitar sus tarjetas de residencia desde el extranjero. Pero aquellos que han estado presentes ilegalmente en los EE. UU. durante períodos prolongados generalmente enfrentan una prohibición de tres o diez años para volver a ingresar al país. La sección 245(i) permitía a los inmigrantes no autorizados renunciar a sus períodos de estatus ilegal y ajustarse al estatus legal permanente sin salir del país.

¿Cuándo se promulgó por primera vez la Sección 245(i)?

La Sección 245(i) se promulgó por primera vez en 1994. Inicialmente, solo permitía que los inmigrantes no autorizados se ajustaran al estatus de residente permanente legal si tenían peticiones de inmigrantes que se presentaron y aprobaron antes del 1 de octubre de 1997.

La Sección 245(i) fue enmendada en 2000 por la Ley de Equidad Familiar de Inmigración Legal (LIFE), que extendió la fecha límite de presentación hasta el 30 de abril de 2001. Sin embargo, el Congreso optó por no enmendar más la fecha límite y la fecha límite de 2001 se ha mantenido vigente. desde entonces.
Si la fecha límite de presentación fue hace más de veinte años, ¿por qué importa ahora la Sección 245(i)?
El Congreso conserva la autoridad para extender el plazo de presentación o eliminarlo. Si el Congreso actúa sobre este tema, se estima que hasta unos 2.3 millones de inmigrantes ilegales que están viviendo en los Estados Unidos podrían solicitar una tarjeta verde (Green Card) a través del patrocinio de un cónyuge, otro miembro de la familia o empleador.

¿Está considerando el Congreso legislación que reactivaría la Sección 245(i)?

El 13 de mayo de 2021, la Senadora Catherine Cortez Masto (D-Nevada) re-introdujo la Ley de Equidad para las Familias Inmigrantes (S.1638) que, entre otras cosas, extendería la fecha límite de presentación de §245(i) del 30 de abril de 2001, a cinco años después de la promulgación de la Ley de Equidad para las Familias Inmigrantes.

¿Por qué el Congreso reactivaría la Sección 245(i)?

Con varios esfuerzos en una reforma migratoria más amplia potencialmente en un callejón sin salida, revivir la Sección 245 (i) al extender la fecha límite proporcionaría un camino a la ciudadanía para muchos inmigrantes que viven en los Estados Unidos. Estos inmigrantes actualmente residen en los EE. UU. y han trabajado, pagado impuestos y mantenido a sus familias. Restablecer la Sección 245(i) les permitiría contribuir más plenamente a las comunidades estadounidenses.

Mientras los demócratas del Senado consideran proporcionar un camino hacia la ciudadanía para los soñadores, los titulares del estado de protección temporal y otros trabajadores esenciales en un gran proyecto de ley de reconciliación, las limitaciones de procedimiento pueden requerir opciones alternativas. Algunos expertos han sugerido que extender el plazo en la Sección 245(i) probablemente satisfaría los requisitos de procedimiento de la conciliación y proporcionaría un camino hacia la ciudadanía para muchos trabajadores esenciales y otros.

Como convertirse en Residente Permanente con un ajuste de Estatus Sección 245(i)

La ley de ajuste de estatus de Estados unidos es un proceso de inmigración que le permitirá obtener la residencia permanente sin salir de los EE. UU. Para solicitar la residencia con un abogado de inmigración en Mesa y en Phoenix, Arizona llama ahora al abogado de inmigración Pace Rawlins al 1-866-839-7882 para una consulta gratis!

Como regla general, las personas que ingresaron ilegalmente a los Estados Unidos, es decir, cruzaron la frontera a escondidas o ingresaron sin la inspección de un funcionario de inmigración, o simplemente extendieron el tiempo que les permitía su visado cuando entraron en el país no tendrían el derecho a solicitar la residencia permanente legal en los Estados Unidos utilizando la ley 245i de ajuste de estatus. Existen muchos indocumentados viviendo en Estados unidos y, a pesar de estar casados ​​con una persona que es ciudadana estadounidense, suelen tener pocas opciones para legalizar su estatus. Siempre es recomendable contactar con un abogado de inmigración para asesorarse.

Si una persona ingresa ilegalmente a los EE. UU. y se queda más de 180 días en el país tiene prohibido regresar a estados unidos en los próximos 3 a 10 años. En otras palabras si un inmigrante ilegal que ha permanecido en los EE. UU. durante un período de tiempo significativo o incluso si se da el caso de que regresa a su país de origen y obtiene una visa de inmigrante, no podrá ingresar a los EE. UU. durante 3 a 10 años.

Para las familias inmigrantes que se encuentran en esta situación, estar separados de sus seres queridos no es una opción tanto por motivos económicos como emocionales y por eso es recomendable asesorarse legalmente para buscar una solución.

Abogado ajuste de estatus 245(i)
Recibe la Green card con un ajuste de estatus bajo la ley 245(i)

La ley 245 (i) es una excepción de la ley para aquellas personas que entraron en el país sin permiso y se quedaron de manera ilegal. Si ingresó al país sin permiso pero se presentó una solicitud de visa de inmigrante para usted el 30 de abril de 2011 o antes, es posible que pueda ajustar su estado a residente permanente sin salir de los Estados Unidos.

Es aconsejable que busque los servicios de un abogado de inmigración calificado para una evaluación de su caso y para ver si califica para el ajuste de estatus de inmigrante en Phoenix. Si usted se identifica con alguna de las siguientes casos, hable con el abogado Pace Rawlins para evaluar su caso:

  • Si ingresó a los Estados Unidos sin la inspección de Inmigración
  • Si ha permanecido en los Estados Unidos más tiempo del permitido
  • Si ingresó a los Estados Unidos como miembro de la tripulación de un barco o trabajador de una aerolínea
  • Si ingresó como “Tránsito Sin Visa”
  • Si no ha podido mantener un estatus legal continuo desde su entrada
  • Si ha estado empleado en los Estados Unidos sin permiso de Inmigración
  • Si ingresó como no inmigrante con visas “S” o con una visa “J” (a menos que el titular de la visa “J” haya cumplido con su requisito de residencia extranjera de dos años u obtenido una exención de ese requisito)
  • Si ha trabajado en los Estados Unidos como un “extranjero no autorizado”

Ajuste de elegibilidad de estado
Existen otros factores importantes que determinan si usted es elegible para solicitar el estatus de residente permanente bajo la Sección 245:

Debería haber estado físicamente presente en los Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000. Sin embargo, no existe ningún requisito de que haya estado en los Estados Unidos desde esa fecha. Si la petición se presentó entre el 14 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001, debe demostrar que estaba físicamente presente en los EE. UU. el 21 de diciembre de 2000. Sin embargo, si es el beneficiario de una petición presentada antes del 14 de enero de 1998, no no tener que establecer presencia física en los EE. UU. el 21 de diciembre de 2000.

Debe tener una visa de inmigrante que esté disponible de inmediato y que se haya presentado antes de el día 30 de Abril del año 2001 o ese mismo día.

A mayores deberá pagar una multa de $1,000 dólares (más cualquier tarifa relacionada con su solicitud de ajuste). Le recomendamos que por favor busque el consejo del Abogado de Inmigración Pace Rawlins en Phoenix, Arizona. Puede ponerse en contacto a través de nuestra linea directa en Español con el abogado de inmigración #1 para los hispanos de Phoenix llamando al 1-866-839-7882.

Calificando en una Petición de Visa Basada en la Familia

Si desea calificar para solicitar un ajuste de estatus a residente permanente basado en la petición de visa de un miembro de la familia, existen ciertas condiciones que se aplican.

Es importante que su familiar haya presentado una Petición de familiar extranjero el 30 de abril de 2001 o antes. Además, debe ser uno de los siguientes:

  • El cónyuge legal (esposo o esposa) de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal;
  • El hijo soltero que todavía era menor de edad en el momento de la presentación (menor de 21 años) de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal;
  • El esposo o esposa de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal;
  • El hijo soltero (menor de 21 años) de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal;
  • El padre de un ciudadano de los Estados Unidos;
  • El hijo adulto soltero de un ciudadano de los Estados Unidos;
  • El hijo adulto casado de un ciudadano de los Estados Unidos; o,
  • El hermano o hermana de un ciudadano de los Estados Unidos.
  • Los cónyuges e hijos califican para el ajuste de estatus a la residencia permanente si su cónyuge o padre califica para el ajuste de estatus bajo la Sección 245(i).

Calificando en una Petición de Visa Basada en el Empleador

Si está buscando calificar para solicitar un ajuste de estatus a residente permanente basado en una petición de visa basada en el empleador, debe ser el beneficiario de una petición de certificación laboral que se presentó el 30 de abril de 2001 o antes.

Otros factores de elegibilidad

Si ingresó a los Estados Unidos sin una visa adecuada, perdió el estatus de no inmigrante válido o violó los términos de su estatus, aún puede ser elegible para ajustar su estatus a la residencia permanente.

También puede ser elegible si ingresó a los Estados Unidos con una Visa D como miembro de la tripulación, o como parte de un programa Transit Without Visa, o bajo el programa Visa Waiver Pilot.

Recuerde que calificar para un ajuste de estatus de la Sección 245(i) no lo convierte automáticamente en ciudadano. Hay más pasos a seguir para asegurarse de que el proceso transcurra sin problemas, y los servicios de Inmigración de Arizona serán invaluables.

¿Cuándo debería contratar a un abogado de inmigración para que lo ayude en su asunto de ajuste de estatus 245i?

Como se señaló anteriormente, el proceso de ajuste de estatus puede parecer abrumador, dadas las complejidades de los procedimientos, el estatus legal exacto de un residente no permanente de los Estados Unidos y los requisitos de documentación.

A menos que una persona que busca un ajuste de estatus esté preparada para informarse sobre la naturaleza detallada de convertirse en residente permanente, su mejor opción puede ser contratar a un abogado de inmigración calificado, que pueda hacer todo el trabajo necesario para asegurarse de que el proceso se desarrolle sin problemas. y que los requisitos legales se cumplan sin demoras indebidas o confusión.

Si usted o alguien de su familia o un conocido está interesado en obtener un ajuste de estatus, el abogado de inmigración Pace Rawlins de Abogado de inmigración Arizona en Phoenix y Mesa, Arizona ha ayudado a muchos clientes con asuntos de inmigración de los EE. UU. y puede ayudarlo a determinar su elegibilidad, aconsejarlo sobre cómo proceder y manejar los complicados pasos legales. Además, debido a que obtener un ajuste de estatus es un asunto de la ley federal, en lugar de la ley estatal, ella puede manejar las solicitudes de Ajuste de estatus para los ciudadanos que viven en cualquier estado, no solo en el Estado de Arizona.

Debido a que el abogado de inmigración Pace Rawlins habla español con fluidez, puede comunicarse directamente con los clientes en su idioma, leer y comprender documentos en Español y comunicarse con cualquier funcionario extranjero en estos idiomas, si es necesario.

Nuestros abogados de inmigración en Phoenix pueden brindarle a usted y a los miembros de su familia tranquilidad para emprender esta tarea difícil y potencialmente frustrante y que consume mucho tiempo. Una vez contratado, el bufete de abogados de inmigración Arizona se hará cargo del proceso de solicitud de principio a fin, manteniendo informados a los clientes y eliminando el estrés del proceso. Si necesita asistencia de inmigración, comuníquese con el abogado Pace Rawlins llamando al 1-866-839-7882 o contáctenos a través de nuestro formulario de contacto.