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Abogado para VAWA

Abogado para presentar una petición de VAWA | Abogado inmigración Mesa Arizona

Abogado para obtener la residencia permanente o la green card (tarjeta verde) presentando una petición de VAWA

La Ley de VAWA, ley de Violencia contra la Mujer es una legislación histórica que buscó mejorar las respuestas legales penales y basadas en la comunidad a la violencia doméstica, la violencia en el noviazgo, la agresión sexual y el acecho en los Estados Unidos.

Bajo esta ley usted podría ser elegible para convertirse en un residente permanente legal (obtener una Tarjeta Verde) bajo la Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA, por sus siglas en inglés) si es víctima de abuso o crueldad extrema causada por:

  • Un cónyuge o excónyuge que es ciudadano estadounidense
  • Un padre que es ciudadano estadounidense
  • Un hijo o hija que es ciudadano estadounidense
  • Un residente permanente legal (LPR, por sus siglas en inglés) que es su cónyuge o ex cónyuge o
  • Un padre que es un LPR.

Usted puede presentar una petición por sí mismo conocido como. auto-peticionar bajo VAWA mediante la presentación de una petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial (Formulario I-360) sin el conocimiento o consentimiento de su familiar maltratante. 

Por lo general, una persona que presenta una petición VAWA por sí misma es conocida como auto-peticionaria. Esto no significa que tenga que hacerlo usted solo, simplemente que usted está solicitando la green card a través de la ley de VAWA. Si su auto-petición es aprobada y usted cumple con otros requisitos de elegibilidad, usted podría ser elegible a solicitar la residencia permanente legal y obtener una Tarjeta Verde. Para más información sobre VAWA hable con un abogado de inmigración en Arizona para revisar sus opciones para auto-peticionar bajo la ley de VAWA y convertirse en una ciudadana o ciudadano americano. Para una consulta gratis llame al abogado de inmigración Pace Rawlins al 1-866-839-7882. El abogado Pace habla Español y podrá no solo explicarle sus opciones legales sino que también asesorarle.

Elegibilidad para el Ajuste de Estatus bajo VAWA en Arizona

Para ser elegible para una tarjeta verde como auto-peticionario/a de VAWA, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presentar el Formulario I-485 para Solicitar el Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
  • Estár físicamente presente en los Estados Unidos al momento de presentar su Formulario I-485.
  • Calificar para recibir una visa de inmigrante.
  • Tener disponible un visado de inmigrante de manera inmediata en el momento en que presenta el sus formularios. Estamos hablando del Formulario I-485. Una vez que USCIS toma una decisión final sobre su solicitud.
  • Ninguna de las prohibiciones para el ajuste de estatus se aplica en su caso.
  • Que califique en los Estados Unidos para un permiso de residencia o califica para una exención de inadmisibilidad u otra forma de reparación de estatus.
  • Usted merece el ejercicio favorable de la discreción de USCIS.
  • Que puede recibir un Visado de Inmigrante de Estados Unidos

Si califica para un visado de inmigrante basada en:

  1. Una autopetición aprobada por VAWA (Formulario I-360, Petición para amerasiático, viudo(a) o inmigrante especial);
  2. Una auto-petición de VAWA previamente presentada que permanece pendiente (si finalmente se aprueba); o
  3. Una autopetición de VAWA (si finalmente se aprueba) presentada junto con su Formulario I-485.

Posibles obstaculos para un Ajuste de estatus

Dependiendo de cómo ingresó a los Estados Unidos o si violó alguna ley de inmigración de los estados unidos, es posible que no pueda ajustar su estatus. Sin embargo, los autopeticionarios y beneficiarios de VAWA están exentos de todas estas prohibiciones de ajuste.

Para calificar para una Tarjeta Verde, debe ser admisible en los Estados Unidos. 

Es importante que su solicitud de green card (tarjeta verde) sea aprobada si no hay ningun motivo de inadmisibilidad. Si es un autopeticionario o peticionaria de VAWA, todos los motivos de inadmisibilidad se aplicarán, excepto por:

  1. Carga pública INA 212(a)(4))
  2. Entrada sin inspección (INA 212(a)(6)(A))

Dependiendo de cómo ingresó a los Estados Unidos o si entro ilegalmente en los Estados Unidos, es posible que se le apliquen otros motivos de inadmisibilidad. Si es inadmisible, la ley puede permitirle solicitar una exención de inadmisibilidad u otra forma de reparación en su situación. 

Consulte con nuestros abogado de inmigración en Arizona sobre:

  1.  El Formulario I-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad
  2.  El Formulario I-212, Solicitud de permiso para volver a solicitar la admisión en los Estados Unidos después de la deportación o expulsión. 

Si se otorga una exención u otra forma de alivio, USCIS puede aprobar su solicitud para una tarjeta verde si califica.

La disponibilidad de una exención u otra forma de reparación de estatus depende de los motivos de inadmisibilidad específicos que se apliquen en su caso y la categoría en la que se está ajustando. 

Si actualmente se encuentra en los Estados Unidos y cumple con ciertos otros requisitos (como una visa de inmigrante disponible de inmediato para usted), puede presentar el Formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estado para solicitar una tarjeta verde sin salir del país.

Debe tener un Formulario I-360 aprobado para calificar para una Tarjeta Verde. Si una visa está disponible de inmediato para usted, no tiene que esperar hasta que se apruebe su Formulario I-360 para presentar el Formulario I-485.

Ajuste de estatus como familiar de VAWA

Si es un auto-peticionario de VAWA que busca ajustar su estatus como familiar inmediato, puede presentar el Formulario I-485 en cualquier momento porque las visas siempre están disponibles de inmediato para los familiares inmediatos. Si es un autopeticionario de VAWA que busca ajustarse a una categoría de preferencia basada en la familia, es posible que deba esperar hasta que haya una visa disponible.

Si se da el caso de que su visaso está disponible de inmediato, puede presentar su Formulario I-485:

  • Junto con su Formulario I-360.
  • Mientras su Formulario I-360 está pendiente.
  • Después de que se apruebe su Formulario I-360 (y siga siendo válido).

Para más información acerca de la disponibilidad de visas en su caso en particular, consulte con nuestros abogados de inmigración en Arizona. El abogado Pace Rawlins en Phoenix podra responder todas sus preguntas y ayudarlo. Llame para su consulta gratis al 1-866-839-7882.

Si ya tiene un Formulario I-485 pendiente basado en un Formulario I-130 aprobado, Petición de familiar extranjero que el familiar abusivo presentó por usted, puede solicitar convertir su Formulario I-485 para que se base en su VAWA auto-petición. Para realizar esta solicitud, debe notificar a la oficina local de USCIS que adjudica el Formulario I-485 pendiente que ha presentado una autopetición VAWA o que lo hará dentro de los 30 días. También debe proporcionar a la oficina local de USCIS una dirección segura donde podamos enviarle toda la correspondencia futura. El abogado puede ayudarle con todo este proceso para asegurarse no solo que somete toda la documentación necesaria, pero que presenta la documentación correcta y a tiempo.

Si no presenta evidencia de que presentó una auto-petición VAWA dentro de los 30 días posteriores a la solicitud para convertir su Formulario I-485, USCIS puede tomar una decisión sobre su solicitud pendiente en función del Formulario I-130 original presentado por el familiar abusivo. . De lo contrario, si USCIS aprueba su autopetición VAWA, su solicitud para ajustar el estado se basará en la auto-petición VAWA en lugar del Formulario I-130 original.

Si en estos momentos no se encuentra en los Estados Unidos, consulte con nuestros abogados de inmigración Arizona sobre proceso para solicitar una tarjeta verde como auto-peticionario de VAWA. Puede comunicarse con nuestros abogados de inmigración en Arizona a través de nuestro formulario de contacto o llamando nuestra linea directa en Español al 1-866-839-7882.

Qué documentos debe presentar para solicitar la residencia VAWA

Si presentó un Formulario I-360 como auto-peticionario de VAWA, cuando presenta un Formulario I-485. Si usted es el solicitante principal, debe presentar los siguientes documentos y evidencia para ajustar el estado:

  • Presentar el formulario I-485, que es la solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus;
  • Presentar una copia del Formulario I-797
  • Presentar el aviso de Aprobación o Recibo, para su Formulario I-360 (a menos que esté presentando el Formulario I-360 junto con su Formulario I-485);
  • Presentar dos fotografías tipo pasaporte;
  • Una fotocopia de su documento de identidad emitido por el gobierno con fotografía.
  • Copia de su acta de nacimiento.
  • Pesentar el formulario I-693
  • Informe de Examen Médico
  • Registro de Vacunación (puede presentar este formulario junto con el Formulario I-485 o posterior, por ejemplo, por correo cuando lo solicitemos o en persona en su entrevista, si corresponde);
  • Copia de la página de su pasaporte con visa de no inmigrante (si corresponde);
  • Copia de la página de su pasaporte con el sello de admisión o libertad condicional (emitido por un oficial de inmigración de EE. UU.) (si corresponde);
  • Presentar una copia del Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida o copia del sello de admisión o libertad condicional de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. en el documento de viaje (si corresponde);
  • Registros policiales y judiciales certificados de cargos penales, arrestos o condenas (si corresponde);
  • Formulario I-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad (si corresponde);
  • Solicitud de permiso para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos después de la deportación o expulsión (si corresponde) que es el formulario I-212;
  • Documentación del estado de no inmigrante J-1 o J-2 pasado o presente (si corresponde), incluida la prueba de cumplimiento o una exención del requisito de residencia extranjera de 2 años según INA 212 (e) (para obtener más información, consulte el Formulario I- 612, Solicitud de exención del requisito de residencia en el extranjero);
  • Si actualmente tiene estatus de no inmigrante A, G o E, incluya el Formulario I-508, Solicitud de renuncia de derechos, privilegios, exenciones e inmunidades; y
  • Formulario I-566, Registro interinstitucional de solicitud: autorización de empleo para dependientes A, G o OTAN o cambio/ajuste a/de estatus A, G o OTAN (solo si tiene estatus de no inmigrante A, G o OTAN).

Como puede ver hay un monton de formularios que debe someter. Para obtener más información sobre cómo solicitar el ajuste de estatus, y para que un abogado cualificado le ayude a agilizar su solicitud sin errores y perdidas de tiempo o barreras del idioma, hable con los abogados de inmigracion Arizona llamando al 1-866-839-7882. Le ayudaremos con todos los formularios necesarios a través de todo el proceso. 

Solicitar residencia a través de VAWA par miembros de la familia

Si usted es el hijo soltero menor de 21 años de un solicitante principal basado en VAWA, también puede ser elegible para solicitar una tarjeta verde como familiar derivado de un autopeticionario aprobado por VAWA. Sin embargo, no puede presentar una solicitud derivada si el solicitante principal es un padre autopeticionario de un hijo o hija ciudadano estadounidense abusivo. Para obtener más información sobre los derivados y la elegibilidad para el ajuste de estatus, llame sin compromiso a nuestros abogados de inmigración en Arizona para una consulta inicial gratis al 1-866-839-7882. También puede ponerse en contacto con nuestros abogados de inmigración a través de nuestro formulario de contacto.

Criterios de elegibilidad para el ajuste de estatus como solicitantes derivados de VAWA

Cada solicitante derivado debe presentar su propia solicitud de tarjeta verde y los documentos de respaldo. Para ser elegible para el ajuste basado en VAWA como solicitante derivado, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Presenta correctamente su Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus;
  • Está físicamente presente en los Estados Unidos en el momento en que presentó su Formulario I-485;
  • Una visa de inmigrante está inmediatamente disponible para usted;
  • Ninguna de las prohibiciones para el ajuste de estatus se aplica a usted;
  • Ser admisible en los Estados Unidos para la residencia permanente legal o es elegible para una exención de inadmisibilidad u otra forma de reparación;
  • Actualmente es el hijo soltero menor de 21 años del solicitante principal; y
  • Usted merece el ejercicio favorable de la discreción de USCIS.
  • Disponibilidad de Visa para Solicitantes Derivados

Si su padre es un auto-peticionario de VAWA y es el cónyuge o hijo de un ciudadano estadounidense que fue abusivo, consideramos que su padre es un pariente inmediato al determinar si una visa está disponible. Usted, como hijo derivado, también sería considerado como un pariente inmediato. En estos casos, si hay una visa disponible de inmediato para sus padres, puede presentar un Formulario I-485 junto con el Formulario I-485 de sus padres.

También puede presentar su Formulario I-485 por separado en función del Formulario I-485 pendiente o aprobado de sus padres.

Si su padre es un auto-peticionario de VAWA y es el cónyuge de un residente permanente legal (LPR), usted, como hijo derivado, generalmente tendrá la misma categoría de preferencia de visa y fecha de prioridad que su padre auto-peticionario. Puede presentar su Formulario I-485 cuando haya una visa disponible para su categoría de preferencia según su fecha de prioridad.

Protecciones para derivados bajo VAWA que cumplen 21 años

En ciertas circunstancias, si cumple 21 años, aún puede ser tratado como un niño a efectos de inmigración. La Ley de protección del estado del niño (CSPA) permite que ciertas personas sigan siendo consideradas niños, incluso si cumplen 21 años. Para obtener más información, consulte con nuestros abogados de inmigración Arizona sobre la ley de protección del estado del niño.

Si no se beneficia de la CSPA, INA 204(a)(1)(D) puede permitirle ajustar el estado en una categoría de preferencia cuando haya una visa disponible. Por ejemplo, si usted fue un derivado de un padre abusado de un cónyuge LPR, pasará de ser un hijo de una categoría LPR (F2A) a un hijo o hija soltero de una categoría LPR (F2B) al cumplir 21 años, siempre y cuando mientras permaneces soltero. Si su padre es el cónyuge abusado de un LPR y usted fue incluido en la autopetición de VAWA de su padre como hijo derivado, conserva la fecha de prioridad de esa presentación. Si INA 204 (a) (1) (D) se aplica a usted, puede solicitar una tarjeta verde de forma independiente sin presentar una nueva auto-petición VAWA.

Qué debe presentar como solicitante derivado de VAWA

Si es un solicitante derivado, debe presentar la siguiente documentación y evidencia para solicitar una tarjeta verde basada en una autopetición de VAWA:

  • El formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.
  • Copia del Formulario I-797, Aviso de Aprobación o Recibo, para el Formulario I-360 del solicitante principal (a menos que esté presentando su Formulario I-485 junto con el Formulario I-485 del solicitante principal);
  • Copia del Formulario I-797, Aviso de Aprobación o Recibo, para el Formulario I-485 del solicitante o una copia de la Tarjeta Verde del solicitante (si no se presenta junto con el Formulario I-485 del solicitante principal);
  • Copia de la documentación que demuestre su relación con el solicitante principal, como un certificado de nacimiento o decreto de adopción;
  • Formulario I-693, Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación (puede presentar este formulario junto con el Formulario I-485 o posterior, por ejemplo, por correo cuando lo solicitemos o en persona en su entrevista, si corresponde);
  • Dos fotografías tipo pasaporte;
  • una copia de su documento de identidad emitido por el gobierno con fotografía;
  • Copia de su acta de nacimiento;
  • Copia de la página del pasaporte con visa de no inmigrante (si corresponde);
  • Copia de la página del pasaporte con el sello de admisión o libertad condicional (emitido por un oficial de inmigración de EE. UU.) (si corresponde);
  • Copia del Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida o copia del sello de admisión o libertad condicional de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. en el documento de viaje (si corresponde);
  • Registros policiales y judiciales certificados de cargos penales, arrestos o condenas (si corresponde);
  • Formulario I-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad.
  • Formulario I-212, Solicitud de permiso para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos después de la deportación o expulsión (si corresponde);
  • Documentación del estado de no inmigrante J-1 o J-2 pasado o presente (si corresponde), incluida la prueba de cumplimiento o una exención del requisito de residencia extranjera de 2 años según INA 212 (e) (para obtener más información, consulte el Formulario I- 612, Solicitud de exención del requisito de residencia en el extranjero);
  • Si actualmente tiene estatus de no inmigrante A, G o E, incluya el Formulario I-508, Solicitud de renuncia de derechos, privilegios, exenciones e inmunidades; y
  • Formulario I-566, Registro interinstitucional de solicitud: autorización de empleo para dependientes A, G o OTAN o cambio/ajuste a/de estatus A, G o OTAN (solo si tiene estatus de no inmigrante A, G o OTAN)

Los casos de solicitud de asislo o de residencia de VAWA son complicados por todo el papeleo y formularios que hay que enviar. Un error puede significar la denegación de su residencia. Por ello es siempre recomendable que se asesore con un abogado o contrate a un abogado de inmigración con experiencia y que hable su idioma para ayudarlo con todo este proceso de VAWA. Nuestros Abogados de inmigración en Arizona pueden ayudarlo para presentar una petición de VAWA para obtener la residencia permanente o la green card (tarjeta verde). Para una consulta gratis con uno de nuestros abogados de inmigración especializados en VAWA llame sin compromiso a nuestra linea directa de ayuda en Español al 1-866-839-7882 o contacte al abogado de inmigración Pace Rawlins en Mesa y Phoenix, Arizona a través de nuestro formulario de contacto.